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    Auto Supremo AS/0227/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0227/2013-RA

    Fecha: 10-Sep-2013

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    • Por memorial cursante de fs
    • De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Tampoco se hizo alusión al requerimiento conclusivo emitido por la Fiscalía a su favor, lo
    • Refiere también, que la otra base de su apelación fue respecto a las apelaciones incidentales
    • Señala finalmente en este reclamo, que se demostró claramente retardación de justicia por motivos nunca
    • Reclama también, que no se hizo trabajo alguno respecto a valoración probatoria de cada prueba,
    • Finalmente, en acápite separado, señala que en su recurso de apelación hizo mención a precedentes
    • Con esos argumentos, solicita la remisión de antecedentes para que se dicte resolución “casando” el
    • El art
    • Dicho esto, también conviene recordar que el art
    • iii) Y por último, como única prueba admisible,
    • En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
    • Siendo así que de la minuciosa revisión de su recurso de casación, se extraen cuatro
    • Asimismo, si bien respecto al Auto Supremo 369 de 5 de abril de 2007, hace
    • Las omisiones advertidas, no pueden ser suplidas de oficio, ni con el mero argumento de
    • Se deja constancia que, si bien la recurrente cita como precedentes, también Sentencias Constitucionales, como
    • En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de los requisitos formales para la admisibilidad
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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