Auto Supremo AS/0140-C/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140-C/2014

Fecha: 21-Oct-2014

AUTO SUPREMO COMPLEMENTARIO AL Nº 140/2014

Sucre, 21 de octubre de 2014




EXPEDIENTE:        A.28/2011

DISTRITO:                 Cochabamba

VISTOS: El memorial de fojas 150 a 153 por el que se solicita aclaración y complementación del Auto Supremo Nº 140/2014 de 16 de octubre de 2014, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia.

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 2) del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 276 del mismo cuerpo legal, prevé que pronunciada la Resolución Judicial, no podrá ser sustituida ni modificada, concluyendo la competencia del juzgador respecto del objeto del litigio. Le corresponderá sin embargo: “A pedido de parte, formulado dentro de las veinticuatro horas de la notificación, y sin sustanciación corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial, y suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio.”

Que, en la especie, son claros y precisos los términos de la resolución, la que fue pronunciada en todo cuanto correspondió al recurso interpuesto, sobre la base de la normativa aplicada al momento en que se produjeron los hechos objeto del recurso.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de complementación y enmienda de fojas 150 a 153.

MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García

REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
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