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    Auto Supremo AS/0500/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0500/2014

    Fecha: 07-Oct-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • AUTO SUPREMO
    • Fecha
    • Expediente
    • Distrito
    • Juan Ottos Espinoza, Luis Vivanco Ramos y Silvestre Puerta Velásquez
    • Delito
    • Recurso
    • VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
    • CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
    • Con base a la Acusación Fiscal de fs
    • Luis Vivanco Ramos, culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto
    • Wilson Juárez Rojas, culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto
    • Que, ante la indicada Sentencia, Juan Ottos Espinoza, solicita complementación y enmienda a fs
    • Posteriormente Juan Ottos Espinoza, plantea Recurso de Apelación Restringida cursante de fojas 45 a 47
    • Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Juan Ottos Espinoza, y
    • CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
    • Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos de los mismos
    • Petitorio
    • Recurso de Casación de Fidel Ribera Justiniano, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas
    • CONSIDERANDO III: (La Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • De la forma
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
    • CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos formales)
    • Plazo
    • Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
    • Ahora bien, los recurrentes en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplieron con los
    • POR TANTO
    • Asimismo, por Secretaria de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
    • Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.

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