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    Auto Supremo AS/0420/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0420/2014

    Fecha: 05-Nov-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandante: Ferrari Ghezzi Ltda
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs
    • Contra el referido Fallo la institución demandada interpuso recurso de apelación, mismo que fue resuelto
    • Contra el precitado Auto de Vista, la parte recurrente, opuso recurso de casación en el
    • Sobre lo anterior afirma también que tratándose Impuestos Nacionales de una entidad del Estado, “no
    • La parte recurrente, señalando que el Auto de Vista que impugna infringió el art
    • No se presentó contestación
    • En suma, la queja del recurrente en casación, gira en torno a la afirmación que
    • Tal es así el modelo autonómico asumido por Bolivia, que es la propia Constitución la
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    • “Los plazos relativos a las normas tributarias son perentorios y se computarán en la siguiente
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    • En cualquier caso, cuando el último día del plazo sea inhábil se entenderá siempre prorrogado
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    • De todo lo transcrito precedentemente, es claro, que el cumplimiento fatal de los plazos en
    • Así, sale también de antecedentes que el contribuyente realizó la entrega de la documentación que
    • A partir de ello, el planteamiento de la entidad hoy recurrente se circunscribió a la
    • En tal sentido es el Auto de Vista impugnado, luego de realizar una acertado bagaje
    • Incluso es de tener en cuenta, que por las características propias de lo que es
    • Dicho todo lo precedente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación,
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
    • Sin costas en vistas a los arts
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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