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    Auto Supremo AS/0431/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0431/2014

    Fecha: 05-Nov-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • En conocimiento del precitado fallo Saul Mario Huaygua Arevillca, interpuso recurso de apelación (fs
    • Contra aquel Auto de Vista el recurrente, opone recurso de casación en el fondo, alegando
    • Complementa lo anterior, mencionando que la documental saliente de fs
    • En cuanto a las atestaciones de cargo depuestas, refiere que se les ofreció valor sin
    • Refuta la conclusión del Auto de Vista impugnado inherente a que el demandado no "comprobó
    • Por último en el memorial del recurso se transcriben porciones de conceptualizaciones sobre acoso laboral
    • El recurrente solicita, que previa concesión de su recurso, este Tribunal case el Auto de
    • La Sala con carácter previo considera
    • El error de derecho, doctrinalmente es entendido como la operación racional fallida equívoca del valor
    • Dicho todo ello, este Tribunal por medio de Auto Supremo Nº 253 de 14 de
    • El art
    • Así, el acoso laboral debe necesariamente ser: i) Consecuencia de la actividad laboral, mediante la
    • En igual sentido, para que ciertas acciones sean consideradas acoso laboral o mobbing, éstas deben
    • Bajo tales consideraciones, ya la otrora Corte Suprema de Justicia a través del Auto Supremo
    • En esas consideraciones, el Auto de Vista ahora impugnado se pronunció indicando
    • Así las cosas, el primer referente procesal sobre el reclamo del recurrente, es el vinculado
    • La literal de fs
    • Siguiendo el análisis, en el caso del memorando corriente a fs
    • Aquellos contenidos sin duda reflejan un comportamiento hostil en contra de la trabajadora, mismos que
    • Con ello, bien se tiene que las acciones desplegadas por el empleador, poseen un evidente
    • Por todo lo señalado, la Sala concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con atribución
    • Con costas
    • Se regula honorarios de profesional del abogado, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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