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    Auto Supremo AS/0286/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0286/2014

    Fecha: 11-Dic-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Tercero de Trabajo y
    • En grado de apelación, interpuesta por los representantes legales de la entidad demandada, mediante Auto
    • Que, del referido Auto de Vista, Arturo Iporre Salguero, en representación legal del Comité Nacional
    • Señala, que el CNDC tiene su domicilio real en la ciudad de Cochabamba, porque esta
    • Manifiesta, que a fin de desvirtuar la afirmación de que el CNDC sería una empresa
    • Apunta que el mercado eléctrico mayorista de Bolivia, se compone de empresas generadoras, transmisoras, distribuidoras
    • Aduce, que al no ser una empresa comercial, no cuenta con registro, ni matrícula de
    • Expresa, que la Ley Nº 22 de 1949, crea un fuero de privilegio a favor
    • Finalmente, solicita se emita Auto Supremo CASANDO el Auto de Vista y la Sentencia apelada,
    • CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución corresponde
    • En ese contexto, pretender forzar la figura de "subordinación" y "dependencia", importa un desconocimiento al
    • Respecto a que la Ley N°22, crea un fuero de privilegio a favor de profesionales,
    • Consiguientemente, siendo evidente en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación en el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
    • MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
    • REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.

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