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    Auto Supremo AS/0021/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0021/2014-RRC

    Fecha: 24-Mar-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial cursante de fs
    • a) Desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon apelación restringida (fs
    • Del memorial del recurso de casación interpuesto por los imputados y del Auto de Admisión
    • Por lo expuesto recurren de casación, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista
    • Mediante Auto Supremo 008/2014-RA de 11 de febrero, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
    • De toda la prueba documental, testifical, material o física tanto de cargo como de descargo,
    • De la certificación emitida por la encargada del garaje Elisa Choquecahuana, se tiene que en
    • El Tribunal de Sentencia asume que el Ministerio Público formuló acusación formal contra Fidel Iban
    • Con los argumentos anteriores, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.2. Apelación restringida
    • b) La existencia del defecto de Sentencia previsto en el art
    • II.3. Auto de Vista impugnado
    • Previa radicatoria de la causa, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • b) Sobre el defecto de Sentencia previsto en el art
    • Por todo lo anterior, el Tribunal de alzada declaró sin lugar a la apelación restringida
    • III
    • En el caso presente, los recurrentes denuncian que tanto la Sentencia como el Auto de
    • En este motivo, los recurrentes denuncian en su recurso que el Tribunal de apelación al
    • En ese entendido, estando la competencia del Tribunal de Alzada delimitada por el artículo 398
    • Esta doctrina legal en esencia estableció que ante la denuncia de agravios en apelación, el
    • Establecido el fundamento del agravio y el contenido del Auto Supremo citado como precedente contradictorio,
    • Ante estos reclamos, el Tribunal de apelación señaló que el delito de Robo Agravado contiene
    • Ahora bien, el Auto Supremo invocado por los imputados para sostener este motivo sujeto a
    • Asimismo, el sentido jurídico asignado en el precedente invocado, no es contrario al Auto de
    • Por otro lado, no se evidencia haberse aplicado normas distintas o una misma norma con
    • Consecuentemente, no se establece la similitud fáctica y jurídica del precedente contradictorio invocado con el
    • En este segundo motivo, los recurrentes citaron el Auto Supremo 111 de 31 de enero
    • En esencia lo que estableció esta doctrina legal, fue que el Tribunal de alzada sino
    • Asimismo, sobre el Auto Supremo 360/2012, invocado por los acusados, dicho entendimiento es ampliamente explicado
    • Teniendo los argumentos del presente agravio de falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado
    • Con esta respuesta inmersa en el Auto de Vista impugnado se denota que se dio
    • Estos parámetros fueron cumplidos por el Tribunal de apelación, al ser la Resolución impugnada expresa,
    • Por otra parte, el Auto de Vista impugnado, no resulta contradictorio al Auto Supremo 111
    • Por lo anterior, los Autos Supremos 360/2012 de 28 de noviembre y 111 de 31
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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