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    Auto Supremo AS/0022/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2014-RRC

    Fecha: 24-Mar-2014

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    • Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2013, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • 1) En mérito a la acusación particular (fs
    • 2) Contra la mencionada Sentencia, tanto la parte querellante (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso
    • Del memorial de recurso de casación de fs
    • El recurrente, haciendo referencia al Auto Supremo 171 de 15 de mayo de 2006, referido
    • I.1.2. Petitorio
    • El imputado solicita la admisión del recurso y que se deje sin efecto el Auto
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, el Juzgado Tercero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito
    • II.2. De la apelación restringida del imputado
    • Tanto la parte querellante como el imputado interpusieron recursos de apelación restringida; siendo los argumentos
    • Con estos argumentos, entre otros, solicitó que el Tribunal de apelación dicte Sentencia absolutoria o
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Con esos y otros fundamentos, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia y asegurar la vigencia
    • Conforme a lo antedicho, el Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación a la segunda parte
    • III.1. Consideraciones doctrinales y normativas
    • III.1.1. Del precedente contradictorio invocado
    • En relación al agravio del recurso de casación interpuesto cuyo análisis de fondo corresponde, el
    • III.1.2. Sobre la imposibilidad del Tribunal de alzada y del Tribunal Supremo de revalorizar prueba
    • Con relación a los límites que tienen tanto el Tribunal de apelación como este Tribunal
    • Al respecto, este Tribunal estableció en el Auto Supremo 74 de 19 de marzo de
    • Bajo ese antecedente, invariablemente el recurso de apelación restringida y el propio recurso de casación,
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • El recurrente estima que los argumentos del Auto de Vista de 3 de junio de
    • Ahora bien, habiéndose evidenciado que los hechos fácticos entre los casos resueltos en el Auto
    • De acuerdo a los agravios expuestos por el recurrente, resulta que a título de inobservancia
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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