Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0058/2014-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0058/2014-RA

    Fecha: 28-Mar-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 3 de marzo de 2014, que cursa de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado formuló recurso de apelación restringida (fs
    • c) Puesto a conocimiento del recurrente el referido Auto de Vista, el 24 de febrero
    • Del memorial que cursa de fs. 641 a 654, se extraen los siguientes motivos
    • Añade que, la omisión expuesta constituye defecto de nulidad absoluta conforme precisa el art
    • 2) Como segundo agravio, hace referencia al defecto de Sentencia inserto en el art
    • Refiere también, que el Tribunal de alzada realiza una argumentación incorrecta al decir: “…que implícitamente
    • 4) Indica también que, denunció en su apelación restringida, conforme el art
    • 6) Finalmente denuncia que, en su apelación restringida impugnó errónea valoración de la prueba, previsto
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente Abraham Vega Gonzales cumplió con
    • En cuanto al Auto Supremo 004 de 18 de enero de 2012, no constituye precedente
    • En relación al segundo motivo, el recurrente denuncia que la testigo Martha Núñez Ampuero estuvo
    • Sobre el “AV Nº 220/06” (sic), toda vez que el recurrente invocó un Auto de
    • Respecto al tercer motivo, el acusado reclama contradicción en tres certificados médicos; sin embargo, señala,
    • Por otra parte, en relación a los Autos Supremos 345/2010 de 16 de octubre y
    • En el cuarto motivo, el acusado se limita a señalar que, el Tribunal de apelación
    • Del análisis del sexto motivo, se advierte de su contenido que el recurrente se limita
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca