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    Auto Supremo AS/0063/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0063/2014

    Fecha: 05-Mar-2014

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    • Partes: Eva Zelada Estremadoiro c/ Rosario Lanza L
    • Contra la Sentencia de primera instancia la demandada formula apelación mediante memorial de fojas 203
    • En el recurso de casación en el fondo, acusa la violación al artículo 253 numeral
    • Asimismo, acusa violación del artículo 253 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, porque supuestamente
    • Por otro lado, acusa la violación del artículo 253 numeral 3) del Código de Procedimiento
    • En su recurso de casación en la forma, aduce violación del artículo 254 numeral 7)
    • Que, a fojas 39 existiría una demanda cuya firma no sería de su poderconferente, por
    • Aduce que su representada habría adquirido el lote de terreno el 27 de diciembre de
    • Agrega que, la demanda no contendría las generales de ley de la demandada violando el
    • CONSIDERANDO: que, conforme faculta el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, y faculta también
    • Ahora bien, la jurisdicción es la potestad que tiene el Estado de administrar justicia a
    • El artículo 778 del Código de Procedimiento Civil establece que el proceso contencioso administrativo procederá
    • Por su parte
    • En el sub lite, leída la demanda de fojas 10 y vuelta, se tiene que
    • Por otra parte y respecto a la idoneidad del proceso contencioso administrativo para conocer este
    • Entonces, al tratarse la litis de un cuestionamiento sobre la adjudicación municipal de un lote
    • De lo expuesto, se concluye que los jueces de grado, no han reparado esencialmente en
    • Por las razones expuestas, estando comprendido el actuar de los Tribunales de instancia dentro el
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro de Tomas de Razón 63/2014

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