Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0085/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0085/2014

    Fecha: 30-Abr-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandante: Universal Transport Service – UNITRANSE S.R.L
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
    • 1
    • b) En la carpeta V, el detalle de flujo de caja y detalle de las
    • c) Las fotocopias legalizadas de formularios de depósito y traspaso de fondos de la cuenta
    • d) La solicitud de cancelación por compra de combustible a través de la factura Nº
    • e) Las declaraciones juradas del IVA e IT, mas copias de facturas de venta emitidas
    • f) En la carpeta VI, el libro diario de la gestión 2005 debidamente notariado, libro
    • 2
    • Concluyó señalando que recurre en casación en el fondo y en la forma contra el
    • Que así planteado el recurso de casación en el fondo y en la forma, los
    • A lo señalado, se agrega que, si bien se invoca la causal de falta de
    • Por lo señalado, y dado que lo pretendido por la parte recurrente, para esta parte
    • Se observa que el núcleo fundamental del reclamo, se concentra en el presunto “error en
    • Similar afirmación se hace en el punto 2, cuando señala que se habría incurrido en
    • Así circunscrita la problemática traída por la parte recurrente ante este Tribunal, con carácter previo
    • En ese sentido, la parte recurrente expresa que el Auto de Vista habría omitido valorar
    • Bajo tales antecedentes, siendo que la problemática se encuentra relacionada con los medios fehacientes de
    • Es ese sentido, la Ley Nº 843 Texto Ordenado a diciembre de 2004, respecto al
    • "ARTICULO 70° (Obligaciones Tributarias del Sujeto Pasivo). Constituyen obligaciones tributarias del sujeto pasivo
    • 5
    • El Código de Comercio (Ccom.) a su vez instituye
    • "ARTÍCULO 40
    • "ARTÍCULO 57
    • Si bien no se tiene expresado una definición concreta de lo que debe entenderse por
    • Así definido el medio fehaciente de pago, se hace claro que, tanto el sujeto pasivo
    • Es de notar que, el primero y el último requisito están estrechamente vinculados a
    • Así también, algunos proveedores, como la Importadora de Sussy Rosario Zelada Terán, se advierte que
    • Se observa que, la Administración Tributaria no puso en duda las posibles transacciones efectuadas, sino
    • En cuanto al detalle de flujo de caja y las certificaciones emitidas por la compra
    • Por lo señalado, se concluye que el contribuyente no demostró la procedencia y cuantía de
    • En cuanto al Informe Técnico referido, y elaborado por el Auditor del Juzgado, éste como
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca