Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0124/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0124/2014

    Fecha: 17-Abr-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Delito:
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Efectúa la relación de los hechos respecto de los antecedentes procesales a partir de la
    • Denuncian la contradicción de la Sentencia incurriendo esta en defectos absolutos respecto de la vulneración
    • 3
    • Efectúan la relación de los aspectos considerados en el Auto de Vista recurrido señalando
    • 4
    • 4.3.- No se consideró la falta de fundamentación en la fijación de la pena
    • Petitorio: Solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista y Auto Complementario recurridos, disponiendo
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
    • De conformidad al Auto Supremo Nº 83/2014 de 03 de abril de 2014 se acredita
    • Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por Jorge Israel Sánchez Pérez, contrastados con
    • Esta facultad conocida en la doctrina como principio iura novit curia (El juez conoce el
    • En consecuencia, es posible adecuar una conducta al delito de Despojo por corresponder a la
    • Sobre la falta de fundamentación respecto de los hechos declarados probados en Sentencia y que
    • Al respecto se debe tener presente que la exigencia de fundamentación y motivación es una
    • Denuncia la vulneración a los principio de inmediatez e inmediación durante todo el proceso y
    • Finalmente respecto de la vulneración del principio de
    • La denuncia en la revalorización de la prueba por parte del Tribunal de Alzada
    • Verificado el Auto de Vista motivo del presente recurso no se advierte revalorización alguna, ya
    • Que en el Auto de Vista complementario no se pronunció de manera fundamentada la solicitud
    • El Tribunal de Alzada no señaló audiencia de fundamentación oral de sus recursos de apelación
    • De la verificación de actuados procesal cursantes en el caso de Autos se advierte la
    • Por los fundamentos expresados en el presente Auto Supremo, no advirtiéndose contradicción alguna en la
    • POR TANTO
    • Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante R.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca