Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0126/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0126/2014

    Fecha: 19-Abr-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Juan Quenta Mamani, Paulino Quenta Marcani
    • Que, a los fines de resolver los Recursos de Casación que fueron interpuestos en Autos,
    • Que, ante esta Sentencia, Felisa Poma de Quenta, Ernesto Quenta Marcani; Jacinta Mamani de Flores,
    • Que, del estudio del Recurso de Casación presentado por Ernesto Quenta Marcani, se establece como
    • Errores In Judicando, porque la sentencia adolece de los defectos establecidos en los numerales 1),
    • En lo que respecta al Auto de Vista, se tiene los siguientes defectos absolutos
    • El Tribunal Ad-quem incurre en una mala redacción porque refiere un texto que no está
    • El Tribunal Ad-quem ha fallado ultra petita porque el querellante pidió una sanción de 3
    • El Auto de Vista adolece de la fundamentación que exige el Artículo 124 del Código
    • Cita como precedente Contradictorio, la Resolución N° 240/08 de fecha 17 de marzo de 2008
    • Pide se anule la sentencia y se disponga la reposición de juicio por otro juzgado
    • Del Recurso de Casación presentado por Jacinta Mamani
    • Existe ausencia de fundamentación en el Auto de Vista porque su Recurso no fue resuelto,
    • El querellante manifestó que el único agravio sufrido era la imposición de la pena, pero
    • Existe incongruencia en el Auto de Vista porque no menciona nada sobre su Recurso de
    • Violación al Principio de Celeridad, al Derecho a la Defensa, al Debido Proceso e inclusive
    • Finalmente cursa en antecedentes el memorial de Recurso
    • Que del análisis del proceso, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones de orden
    • Esta actividad jurisdiccional se constituye en un vicio absoluto que atenta contra el derecho a
    • También se advierte que, en el recurso de apelación restringida interpuesto por el querellante, este
    • El Auto de Vista, carece de falta de motivación y fundamentación, pues en la Resolución
    • El Auto de Vista impugnado, no explica de manera clara el por qué se le
    • El Tribunal de Apelación no ha considerado otro de los puntos que han sido objeto
    • En estas circunstancias se tiene que, el Auto de Vista recurrido debió ser debidamente fundamentado,
    • Del análisis precedente se evidencia que Auto de Vista motivo del presente recurso, ha incurrido
    • Constituye una premisa consolidada para este máximo Tribunal de Justicia, que todo Auto de Vista
    • Ahora bien, la falta de fundamentos y motivación en la resolución respecto de uno de
    • DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • En lo que corresponde a la imposición de la pena al autor de un hecho
    • La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
    • Finalmente, se advierte que, la falta de pronunciamiento de uno de los puntos cuestionados, implica
    • POR TANTO
    • En aplicación del art
    • Magistrado Relator: Dr. Javier M. Serrano Llanos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca