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    Auto Supremo AS/0207/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0207/2014-RRC

    Fecha: 22-May-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del recurso de casación se extraen los siguientes motivos
    • hubo o no quórum necesario para la realización del juicio, sin explicar por qué de
    • El recurrente solicita se admita el presente recurso y se declare procedente, dejando sin efecto
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Por Requerimiento Conclusivo 005/09 (fs
    • Por Resolución 238/2009 de 6 de mayo de 2009 (fs
    • Previa presentación de acusaciones particulares por el Representante Distrital del Consejo de la Judicatura
    • A fs
    • Por decreto de 11 de mayo de 2010 (fs
    • El 4 de septiembre de 2010 (fs
    • Por memorial del Representante Distrital del Consejo de la Judicatura (fs
    • darse cuenta que la hoja de notificación señalaba Nº 255, error o descuido de la
    • II.2.Audiencia de juicio
    • Durante el desarrollo de la audiencia de Juicio (fs
    • En respuesta al Incidente planteado, el Ministerio Público se ratifica en su memorial de 14
    • Por Resolución 03/11 de 15 de enero, el Tribunal Tercero de Sentencia resuelve admitir la
    • II.3. De la Sentencia
    • Conforme consta en la enunciación del hecho, el 15 de abril de 2008, en horas
    • En cuanto a la fundamentación fáctica el Tribunal está convencido de los siguientes hechos: a)
    • De lo anterior el Tribunal Tercero de Sentencia falla declarando al imputado autor de los
    • II.4. Apelación restringida
    • en su fundamentación intelectual y jurídica es totalmente subjetiva, no menciona el iter criminis o
    • II.5. Del Auto de Vista impugnado
    • 1) Las notificaciones se cumplieron con la identificación del domicilio en el que se procedió
    • 2) Con relación al art
    • III
    • Antes del análisis detallado de este motivo, es necesario señalar que el derecho a la
    • Este derecho se constituye en la oportunidad que tiene todo ser humano de manera universal
    • En materia penal, el derecho a la defensa puede entenderse como el derecho fundamental que
    • jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad,
    • Sobre esta temática, el profesor Willman Ruperto Durán Ribera expresó que el debido proceso es
    • Ahora bien, en el caso de autos, la parte recurrente denuncia la vulneración de su
    • Es así que, de la revisión y análisis de antecedentes, se evidencia que por decreto
    • Posteriormente, el 4 de septiembre de 2010, se radicó la causa ante el Tribunal Tercero
    • También se evidencia del memorial de apelación restringida y del Auto de Vista impugnado, que
    • Por otra parte, se constata que emitido el decreto de radicatoria de 4 de septiembre
    • Vista impugnado
    • tienen por finalidad evadir la responsabilidad de absolver expresamente los cuestionamientos deducidos por los recurrentes,
    • Ante la evidente infracción de la Ley Adjetiva Penal en la que incurrió el Tribunal
    • En el caso presente, el recurrente denuncia que el Auto de Vista incurre en contradicciones
    • Ante esta denuncia es necesario acudir al contenido del Auto de Vista impugnado, del cual
    • Similar situación sucedió respecto a la denuncia sobre el inc
    • En cuanto a la denuncia formulada con base al inc
    • Con relación al defecto de sentencia previsto por el inc
    • que el Tribunal de alzada aún de manera precisa estableció las razones fácticas y legales
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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