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    Auto Supremo AS/0218/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0218/2014-RRC

    Fecha: 04-Jun-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial del recurso de casación interpuesto por la imputada y del Auto Supremo 077/2014-RA
    • Por lo expuesto la recurrente solicita la nulidad de la Sentencia y aceptando las excepciones
    • Mediante Auto Supremo 077/2014-RA de 1 de abril, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • En la etapa de la audiencia conclusiva la imputada interpuso las excepciones de cosa juzgada
    • II.2. Audiencia de juicio oral y la fase de excepciones e incidentes
    • Instalada la audiencia de juicio oral y previa lectura y fundamentación de las acusaciones
    • La fiscalía respondió a la pretensión en sentido que la prejudicialidad es específica para procesos
    • La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo emitió el Auto de 3 de junio de
    • II.3. Sentencia
    • La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo, dictó la Resolución 169/2011 de 3 de junio,
    • II.4. Apelación restringida y su trámite
    • La imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • Por decreto de 15 de enero de 2014 (fs
    • II.5. Auto de Vista
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el recurso mediante
    • III.1. El debido proceso y la debida fundamentación
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • III.2. Régimen de impugnación en materia de Excepciones e incidentes
    • El art
    • Si bien la norma procesal no es manifiesta en cuanto a determinar como objeto de
    • Fue así que la Sentencia Constitucional (SC) 1523/2011-R de 11 de octubre, indicó: “En consecuencia
    • En tal ámbito, fue el Tribunal Constitucional Plurinacional que interpretó el ejercicio de impugnación de
    • El citado razonamiento desarrollado por la jurisprudencia de este Tribunal, afirma: "…como todos los derechos,
    • Concluyendo la citada Sentencia con el siguiente criterio: “Como se tiene dicho, la resolución que
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso, corresponde a
    • En primer término es necesario precisar que la afirmación inicial formulada por el recurrente en
    • Con esta precisión se verifica de antecedentes, que en apelación restringida la recurrente denunció la
    • Las expresiones vertidas por el Tribunal de apelación coinciden con la realidad evidenciada en la
    • Por otra parte, cabe destacar que extrañamente la recurrente en su recurso de casación plantea
    • En tales circunstancias, es evidente que el Tribunal de apelación al emitir el Auto de
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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