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    Auto Supremo AS/0221/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0221/2014-RRC

    Fecha: 09-Jun-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de enero de 2014, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • 1) La recurrente denuncia que, el Auto de Vista impugnado carece de motivación suficiente sobre
    • La imputada solicitó se anule el Auto de Vista impugnado y se disponga la emisión
    • 1) Mediante Sentencia 15/2011, el Juzgado Tercero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito
    • 2) Contra dicha Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
    • 3) Dicho recurso fue resuelto mediante Auto de Vista 03 de 7 de enero de
    • III.1. La fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Como se tiene desarrollado ampliamente por este Tribunal, entre las vertientes de trascendencia de la
    • En consecuencia, todo Auto de Vista debe ser debidamente fundamentado y motivado, cumpliendo con
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • La recurrente como primer motivo de apelación restringida denunció que la Sentencia incurrió en el
    • Como segundo motivo, señaló que la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el inc
    • En el tercer motivo, indicó que la Sentencia carece de fundamentación, previsto en el inc
    • Por último, como cuarto motivo, refirió que la Sentencia incurrió en el defecto establecido en
    • Al respecto, el Tribunal de alzada, en cuanto al primer motivo refirió que el
    • En cuanto al segundo motivo denunciado, el Tribunal de apelación refirió que en la Sentencia
    • En lo que se refiere al tercer motivo, el Tribunal de alzada expresó que la
    • Respecto al último motivo alegado en apelación restringida, el Tribunal de alzada señaló que la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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