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    Auto Supremo AS/0237/2014-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0237/2014-RA

    Fecha: 10-Jun-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 12 y 13 de mayo de 2014, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el Ministerio Público y por
    • c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista y el Auto de rechazo
    • De la revisión de los recursos de casación, se extraen como motivos los siguientes
    • De la lectura íntegra del memorial de casación presentado por los nombrados recurrentes, se extrae
    • Amplían su argumentación señalando que, el Tribunal de alzada manifestó que el juez debe anteponer
    • Asimismo refieren que, ante el soslayo de los demás principios previstos en el art
    • Con esa base fáctica, los recurrentes fundamentan que, el Tribunal de alzada ingresó en contradicción
    • II.2. Recurso de casación de Bertha Miranda Gonzáles
    • Previamente es preciso aclarar que, el contenido del memorial presentado por la nombrada recurrente, en
    • Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 067 de 11 de marzo de 2013 y
    • El art
    • En este contexto, el art
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • En cuanto al requisito relativo al plazo se tiene que, los recursos de casación planteados
    • IV.1. Del recurso de casación de Eugenio Gonzáles Herrera y Filomena Arce de Gonzáles
    • Con relación al agravio denunciado, relativo al hecho de que el Tribunal de alzada basó
    • IV.2. Del recurso de casación de Bertha Miranda Gonzáles
    • La recurrente denuncia que, el Tribunal de alzada anuló la Sentencia de instancia debido a
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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