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    Auto Supremo AS/0265/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0265/2014-RRC

    Fecha: 24-Jun-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial de 7 de marzo de 2014, cursante de fs
    • Del memorial de fs
    • 1) El recurrente denuncia como primer agravio que, en apelación restringida denunció la aplicación
    • Asimismo, en la parte final de su recurso, vuelve a insistir en esta misma problemática,
    • El recurrente impetra la anulación del Auto de Vista y en consecuencia se ordene el
    • Mediante Auto Supremo 081/2014-RA de 1 de abril, cursante de fs
    • II.1. Sentencia
    • Con base a la acusación del Ministerio Público (fs
    • Sobre la base fáctica descrita y las pruebas de cargo y descargo introducidas a juicio,
    • ii) Se demuestra la existencia de motivos fútiles o bajos, que es el poco aprecio
    • iii) Con las literales de cargo se llega a corroborar y evidenciar la muerte del
    • iv) Con las evidencias materiales de cargo se llega a comprobar que existe un arma
    • v) De las testificales de descargo Julia Paredes Huallpa de Mamani, al ser madre del
    • vi) De las literales de descargo lo más sobresaliente es la historia clínica que evidencia
    • vii) En cuanto a la prueba pericial de descargo, María Cecilia Murillo James, indica: “A
    • De todo lo anterior, de la valoración integral y conjunta de las pruebas, aplicando la
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la referida Sentencia el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • 2) Insuficiencia de fundamentación jurídico doctrinal de la sentencia, señala que en la fundamentación probatoria
    • 3) Defecto absoluto por restricción del derecho a la defensa, refiere que el rol del
    • 4) Errónea aplicación de la ley sustantiva, señala que existe defecto de la sentencia de
    • II.3. Respuesta a la apelación restringida
    • Notificada la acusadora particular Isabel Hinojosa Garnica, mediante memorial de fs
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • Con relación al primer agravio, señala que no es evidente que la Sentencia se base
    • Respecto al segundo agravio, manifiesta que la sentencia cumple con los requisitos previstos por el
    • Tercer agravio,en cuanto a la audiencia de inspección y reconstrucción tiene el Tribunal de
    • Por último respecto al cuarto motivo,señala que no es evidente que haya habido errónea aplicación
    • Con esos argumentos, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró
    • Admitido como se encuentra el recurso de casación sometido al presente análisis, se ingresa a
    • En cuanto al primer motivo, el recurrente refiere que en apelación restringida denunció la aplicación
    • Además, se advierte que el Tribunal de Sentencia en cuanto a la prueba pericial de
    • En mérito a la apelación restringida formulada por el imputado, el Tribunal de alzada, señaló
    • Ahora bien, estos antecedentes demuestran de manera objetiva que el Tribunal de sentencia al valorar
    • Es así, que el Tribunal de alzada en la misma línea de análisis, al momento
    • Por otra parte, no resulta evidente la denuncia de vulneración de derechos y garantías constitucionales,
    • III
    • Con relación al segundo agravio,el recurrente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado
    • El Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005, fue dictado por la Sala
    • Que la falta de precisión en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
    • “Una sociedad democrática está sostenida por el equilibrio y control riguroso que dimanan de los
    • Que los supuestos de errónea aplicación de la ley adjetiva se refieren: a) a los
    • Al haber incurrido el Tribunal Unipersonal de Sentencia en ‘error injudicando’ al condenar al imputado
    • Este Auto Supremo refiere que los tribunales de justicia se sometan a la ley emitiendo
    • En el presente caso, identificado como se encuentra el segundo motivo al inicio de este
    • Razonamientos que a la postre constituyeron base para emitir doctrina legal aplicable y que tiene
    • Ahora bien, ante la denuncia de la parte recurrente, es menester acudir en forma inicial
    • Del detalle precedente, se constata que el Tribunal de Sentencia, estableció las circunstancias del hecho,
    • Al respecto, el Auto de Vista al resolver el recurso de apelación restringida formulado por
    • Además, debe resaltarse con relación a la denuncia del recurrente en sentido de que el
    • Por lo expuesto, este Tribunal concluye respecto a este motivo sujeto a análisis de fondo,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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