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    Auto Supremo AS/0281/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0281/2014-RRC

    Fecha: 27-Jun-2014

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    • Por memorial de 11 de marzo de 2014, que cursa de fs
    • 1) Por Sentencia 09/2013 de 19 de agosto (fs
    • 2) Notificadas las partes con la referida Sentencia, formularon recursos de apelación restringida el representante
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 104/2014-RA de 9
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a los agravios
    • Por lo expuesto, el recurrente impetra se dicte resolución dejando sin efecto el Auto de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia, dictó Sentencia condenatoria contra David Joaquín
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del Ministerio Público
    • Juan Carlos Cuellar Zurita, Fiscal adscrito a la Unidad de Anticorrupción del Distrito de Pando,
    • II.3. Del recurso de apelación restringida planteado por Cesar Enzo Casazola Achacollo
    • El imputado, planteó su recurso de apelación restringida, argumentando, esencialmente, que: 1) Si bien los
    • II.4. Del recurso de apelación formulado por David Joaquín Díaz Torrez
    • II.5. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa ante la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
    • III.1. Precedentes invocados por el recurrente
    • De acuerdo a los argumentos expuestos por el recurrente, se establece que citó como precedentes
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Conforme a todo lo relacionado, considerando que el recurrente aduce que el Auto de Vista
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • Por lo expuesto, al no existir similitud de hechos entre las situaciones resueltas a través
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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