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    Auto Supremo AS/0308/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0308/2014

    Fecha: 24-Jun-2014

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    • Distrito : Chuquisaca
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • El demandado Edgar Zenón Velásquez, de fs
    • Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez Sexto de Partido en lo Civil y
    • En apelación de Sentencia, la Sala Civil Segunda, Comercial y Familiar del Tribunal Departamental de
    • En el Fondo, de acuerdo al art
    • El Tribunal de Alzada afirma que en su recurso el apelante confiesa que se habría
    • b)Interpretación errónea del art. 1538 del Código Civil
    • El Ad quem olvida que la inscripción registral permite a los particulares informarse del cumplimiento
    • No solo al no haber considerado las normas que contienen los arts
    • En la forma, de acuerdo al art. 254 inc. 7) del Código de Procedimiento Civil
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En la Forma
    • En el caso de Autos, de la revisión de los datos que informan al proceso,
    • En el Fondo
    • 1º La primera parte del art
    • 3º De la transcripción de ese texto, se desprende que el recurrente no ha efectuado
    • En ese sentido, se tiene que no se ha vulnerado la primera parte del art
    • Efectivamente, el precitado art
    • Independientemente del folio real de fs
    • Concluyéndose por ello, que no ha existido interpretación o aplicación errónea del art
    • Respecto al tercer agravio, señala que el Tribunal de Alzada ha incurrido en error de
    • Conforme se evidencia de fs
    • En Sentencia se ha señalado que no se ha acreditado la existencia de contrato de
    • En la respuesta a la demanda de fs
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
    • Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
    • Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto

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