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    Auto Supremo AS/0322/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0322/2014

    Fecha: 14-Jul-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • El recurso de casación en el fondo de fojas 127 a 130 vuelta, interpuesto por
    • Que, mediante sentencia de fecha 30 de octubre de 2008 cursante de fojas 62 a
    • En grado de apelación, interpuesta por María Cecilia Espinoza Lafuente, cursante de fojas 96 a
    • 3.1. Denuncias del Recurso de Casación
    • 2
    • Que, el estado de salud mental deteriorado de su madre, fue comprobado por la misma
    • Agrega que la expresión enfermedad emocional suele utilizarse para designarse un trastorno mental ligero, mientras
    • 3
    • Que, el certificado expedido por la psiquiatra, que se lee en la hoja 8, es
    • Que, “el Tribunal de alzada no consideró la competencia de los peritos, la uniformidad de
    • Que, en la audiencia de inspección ocular su madre le dijo a la juzgadora, que
    • Finalmente solicita casar el Auto de Vista anulándolo
    • Cabe mencionar que, la interdicción es el proceso a través del cual, evidenciándose el deterioro
    • La interdicción es la demencia o enfermedad mental, motivo por el cual nuestra legislación en
    • No existiendo ninguna evidencia de que el Tribunal de alzada haya violado, interpretado erróneamente o
    • Así mismo se debe de considerar que la demandada se apersonó al proceso, oponiéndose a
    • Otro aspecto también necesario, a ser tomado en cuenta es que la pretendida limitación a
    • En referencia a la denuncia contenida en el punto 2 del recurso de casación, indica
    • Con relación a la denuncia expuesta en el punto 3, por la que la demandante
    • Cabe señalar que el cuestionamiento que hace la recurrente de la apreciación efectuada por el
    • Lo propio sucede con la denuncia de supuesta vulneración de los artículos 1286, 1331, 1333,
    • En mérito de las consideraciones precedentes, y respecto de las denuncias sobre las cuales el
    • IV. POR TANTO
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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