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    Auto Supremo AS/0403/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0403/2014

    Fecha: 25-Jul-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Enriqueta Onofre
    • Proceso: Reivindicación de inmueble
    • Distrito: Tarija
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Mediante Sentencia de 30 de septiembre de 2013 de fs
    • El Auto de Vista Nº 14/2014 de 25 de febrero de 2014, emitido por la
    • En la Forma, de acuerdo al art. 254 inc. 6) del Código de Procedimiento Civil
    • El Tribunal de Alzada tenía 30 días para dictar su resolución el cual se ha
    • 2.Violación al art. 236 del Código de Procedimiento Civil
    • En el recurso de apelación se acusó de violación de los arts
    • Tampoco existe respuesta al punto apelado de violación al art
    • En el Fondo, de acuerdo al art
    • En el Auto de Vista se aplica los conceptos de los arts
    • En relación al art
    • 2.Aplicación indebida y violación del art. 584 del Código Civil
    • El Ad quem dice que se trata de una compra venta del bien inmueble realizada
    • 3
    • El Auto de Vista es contradictorio porque primero dice que hay venta y luego se
    • Asimismo, violaron el art
    • 4.Violación al art. 1453 del Código Civil
    • La actora es la única y legítima propietaria del inmueble y la posesión de la
    • En base a los antecedentes descritos, el recurrente pide a través de su recurso de
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En la Forma
    • De los datos que informan al proceso puede advertirse que a fs
    • En cuanto al agravio de que el Ad quem, al no haber respondido a las
    • Por estas razones, se concluye que los agravios en la forma alegados devienen en infundados
    • En el Fondo
    • El A quo, en su Resolución de primer grado ha señalado, respecto al documento de
    • En cuanto a la acusación de aplicación indebida del art
    • En el segundo agravio se acusa de violación del art
    • Si el monto de dinero recibido no puede ser calificado como pago de precio inexistente
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario profesional en Bs.1.000,oo
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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