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    Auto Supremo AS/0243/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0243/2014

    Fecha: 29-Ago-2014

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    • Ministerio Público y Jhovanna Grisel Jiménez Gutiérrez C/ Rodolfo Alfredo Uría Estrada
    • Delito
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante esta Sentencia de fs
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Insuficiente fundamentación del Auto de Vista respecto de la errónea aplicación de la Ley sustantiva
    • La convalidación de una resolución fundada en prueba no ingresada legalmente a juicio pruebas MP
    • Convalidación en la defectuosa valoración probatoria y falta de pronunciamiento del Tribunal de Alzada refiriendo
    • Contradicción entre la parte considerativa y resolutiva del Auto de Vista ya que en el
    • La falta de motivación y razonamiento en el Auto de Vista, señalando que pese a
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
    • De conformidad al Auto Supremo Nº 184 de 22 de agosto de 2014 se acredita
    • Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto
    • Al punto verificado el acta de juicio a los fines de determinar la veracidad del
    • Sin perjuicio de lo señalado supra se debe tener presente que ante la falta de
    • "(
    • Respecto a la preclusión a falta de activación de los derechos de las partes Edgardo
    • 2- Insuficiente fundamentación del Auto de Vista respecto de la errónea aplicación de la Ley
    • Al punto señalar que el Auto de vista recurrido se pronunció señalando que verificada la
    • Se aclara al recurrente que en la Sentencia se dio aplicación al art
    • Asimismo, se tiene presente lo señalado por el autor Fernando Villamor Lucia en su libro
    • Para la aplicación de la pena se debe tener presente lo establecido por el Auto
    • 3- La convalidación de una resolución fundada en prueba no ingresada legalmente a juicio pruebas
    • El Auto de Vista estableció que el Tribunal de Sentencia mencionó que las pruebas extrañadas
    • Finalmente, respecto de este punto debe tenerse presente que no existe nulidad por nulidad en
    • 4- Convalidación en la defectuosa valoración probatoria y falta de pronunciamiento del Tribunal de Alzada
    • Al punto de forma concreta el Auto de Vista en su inciso f) respondió señalando
    • 5- Contradicción entre la parte considerativa y resolutiva del Auto de Vista ya que en
    • Al amplia jurisprudencia emitida por el Tribunal de Casación respecto de la Aplicación del art
    • 6 -La falta de motivación y razonamiento en el Auto de Vista, señalando que pese
    • Por los fundamentos expresados en el presente Auto Supremo, no advirtiéndose contradicción alguna en la
    • La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
    • Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante R.

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