Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0254/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0254/2014

    Fecha: 29-Ago-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Asimismo dicta Sentencia condenatoria en contra de Christopher Rodríguez Belmar, declarándole autor en grado de
    • Que, ante esta Sentencia, Christopher Rodríguez Belmar, de fojas 1141 a 1145, de obrados, plantea
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • - Segundo: Que el Tribunal de alzada señaló que no es evidente la violación del
    • Que, no se cumplió con los plazos referentes al informe preventivo policial e informe a
    • - Tercero: Que, se ha vulnerado el Art
    • - Cuarto: Que los motivos de derecho en que se basa la Sentencia, son inconsistentes,
    • - Quinto: Que, se ha solicitado la exclusión probatoria de algunas prueba literales, habiéndose hecho
    • Del Precedente Contradictorio Invocado
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteado por Christopher Rodríguez Belmar, contrastados con el
    • -Tercero: Que, se ha vulnerado el Art
    • Cuarto: Que los motivos de derecho en que se basa la Sentencia, son inconsistentes, no
    • Quinto: Que, se ha solicitado la exclusión probatoria de algunas prueba literales, habiéndose hecho reserva
    • Al respecto y a modo de preámbulo diremos que el Tribunal de alzada al entrar
    • Con referencia a que el Ministerio Publico no ha probado su acusación, el Tribunal de
    • Por otro lado con relación a la pena impuesta, el Tribunal de Alzada, ha referido
    • Con referencia a la solicitud de exclusión probatoria de la prueba documental del Ministerio Publico,
    • Ahora bien, el recurrente ha invocado el Auto Supremo 20009-SALA PENAL-2-507 y Auto Supremo 200007-SALA
    • Por los fundamentos expresados en el presente Auto Supremo, no advirtiéndose contradicción alguna en la
    • POR TANTO
    • Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante R.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca