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    Auto Supremo AS/0465/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0465/2014

    Fecha: 27-Ago-2014

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    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra dicha resolución, la parte demandada interpuso recurso de apelación, motivo por el cual, el
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • En la forma acusa que el Tribunal Ad quem de anular obrados mediante la resolución
    • Habiendo determinado el Tribunal de alzada que la Sentencia dictada por el A quo resulta
    • En ese marco, debemos considerar que el Juez como primer sujeto procesal es el encargado
    • Bajo dicha esfera doctrinaria, corresponde precisar que toda Resolución judicial debe guardar la debida congruencia,
    • Si la Resolución judicial no se enmarca en esas dos reglas, nos encontramos frente a
    • Al respecto y aplicable al caso de Autos, corresponde señalar que la incongruencia positiva adopta
    • En ese sentido, se debe tomar en cuenta que en la litis la pretensión principal
    • La determinación cuestionada, hace viable y eficaz la división y partición demandada que al ser
    • Por lo cual, concluiremos indicando que la anulación dispuesta por el Tribunal Ad quem no
    • Por dicho motivo, corresponde emitir Resolución en sujeción a lo determinado por los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa
    • Cumpliendo lo previsto por el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
    • Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Quinto

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