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    Auto Supremo AS/0315/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0315/2014

    Fecha: 08-Sep-2014

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    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante la Sentencia, Fabio Escalante Mamani de fs
    • Ante la emisión del Auto de Vista señalado supra, Walter Fernando Portillo Ramos de fs
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Reiterando los argumentos del primer puntos señala el recurrente que el Auto de Vista impugnado
    • Respecto de los aspectos recurridos en casación respecto de la fijación de la pena y
    • Auto Supremo N° 99 de 24 de marzo de 2005
    • Auto Supremo N° 14 de 26 de enero de 2007
    • Auto Supremo N° 724 de 26 de noviembre de 2004
    • Auto Supremo N° 90 de 20 de febrero de 2008
    • Petitorio
    • De la Invocación del Precedente Contradictorio
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
    • De conformidad al Auto Supremo Nº 276 de 01 de septiembre de 2014 se
    • Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto
    • Ahora bien, se debe tener presente que la pena se constituye en un factor de
    • Que, para la fijación de la pena entro otros se debe tomar en cuenta los
    • Respecto de la fundamentación de la fijación de la pena es inexcusable, en este ámbito
    • Consiguientemente respecto de los precedentes invocados, Autos Supremos N° 50 de 27 de enero de
    • La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida
    • Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante R.

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