Auto Supremo AS/0355/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2014

Fecha: 15-Sep-2014

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
355/2014
Fecha:
15 de septiembre de 2014
Expediente:
49/2011 Santa Cruz
Acusación:
Ministerio Público, Andrea Arminda Herbas y Gilberto Herbas Serrudo
Imputado
Alexander Villanueva Cardona
Delito:
Asesinato
Recurso:
Casación – Admisibilidad
IANUS:
701199201100131
Magistrado Relator:
Abg. Iván Lima Magne

VISTOS: El recurso de Casación planteado en plazo legal por el imputado, recurso que impugna el Auto de Vista 30/2011-SPS, el cual declaro Improcedente la Apelación Restringida presentada en contra de la Sentencia 17/2010. La cual condeno al imputado por el delito tipificado por el artículo 252 numerales 2) y 7) del Código Penal a la pena de presidio de 30 años sin derecho a indulto, multa de 900 Bolivianos y Costas a ser fijadas en ejecución de sentencia.
CONSIDERANDO: El recurso de Casación señala contradicción en términos precisos entre el Auto de Vista impugnado y la jurisprudencia vinculante (precedente contradictorio) establecida en los Autos Supremos referidos por los recurrentes: AS 325 de 1 de julio de 2010, AS 516 de 17 de noviembre de 2006 SPP, AS 431 de 17 de agosto de 2007 SPP, AS 175 de 15 de mayo de 2006, AS 512 de 11 de octubre de 2007 y Autos Supremos “252/2010, 418/2006, 5/2007, 8/2007, 448/2007, 479/2007, 141/2006, 239/2006” (sic) que no citan fecha de emisión. Las cuestiones de derecho a ser analizadas al conocer el fondo de la causa se revisarán conforme los motivos expuestos y argumentados por el Auto Supremo 174/2014 SPL.
POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, conforme señala el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el Recurso de Casación y dispone que por Secretaría de Sala, se comunique a los Presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que estos pongan en conocimiento de los Señores Vocales y Jueces de área Penal de sus Distritos.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
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