TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
408/2014
Fecha:
22 de septiembre de 2014
Expediente:
161/09-Cochabamba.
Acusación:
Ministerio Público
Imputado
Juan Herbas Romero, Mario Corrales Céspedes y Sesárea Rodríguez Valderrama.
Delito:
Tráfico de Sustancias Controladas
Recurso:
Casación - Admisibilidad
IANUS:
301199200900435
Magistrado Relator:
Abg. Ivan Lima Magne
VISTOS: El recurso de Casación planteado en plazo legal por el imputado Juan Herbas Romero recurso que impugna el Auto de Vista de 16 de septiembre de 2009, el cual declaró Improcedente la Apelación Restringida presentada en contra de la Sentencia 06/2009. La cual condenó al imputado por el delito tipificado por el artículo 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley N° 1008 a la pena de privación de libertad 15 años.
CONSIDERANDO: El recurso de Casación señala contradicción entre el Auto de Vista impugnado y la jurisprudencia vinculante (precedente contradictorio) establecida en los Autos Supremos referidos por el recurrente: AS 560 de 1 de octubre de 2004, 537 de 21 de septiembre de 2004 y 361 de 29 de septiembre de 2005. Las cuestiones de derecho a ser analizadas al conocer el fondo de la causa se revisarán conforme los motivos expuestos y argumentados por el Auto Supremo 174/2014 SPL.
POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, conforme señala el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el Recurso de Casación y dispone que por Secretaría de Sala, se comunique a los Presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que estos pongan en conocimiento de los Señores Vocales y Jueces de área Penal de sus Distritos.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
408/2014
Fecha:
22 de septiembre de 2014
Expediente:
161/09-Cochabamba.
Acusación:
Ministerio Público
Imputado
Juan Herbas Romero, Mario Corrales Céspedes y Sesárea Rodríguez Valderrama.
Delito:
Tráfico de Sustancias Controladas
Recurso:
Casación - Admisibilidad
IANUS:
301199200900435
Magistrado Relator:
Abg. Ivan Lima Magne
VISTOS: El recurso de Casación planteado en plazo legal por el imputado Juan Herbas Romero recurso que impugna el Auto de Vista de 16 de septiembre de 2009, el cual declaró Improcedente la Apelación Restringida presentada en contra de la Sentencia 06/2009. La cual condenó al imputado por el delito tipificado por el artículo 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley N° 1008 a la pena de privación de libertad 15 años.
CONSIDERANDO: El recurso de Casación señala contradicción entre el Auto de Vista impugnado y la jurisprudencia vinculante (precedente contradictorio) establecida en los Autos Supremos referidos por el recurrente: AS 560 de 1 de octubre de 2004, 537 de 21 de septiembre de 2004 y 361 de 29 de septiembre de 2005. Las cuestiones de derecho a ser analizadas al conocer el fondo de la causa se revisarán conforme los motivos expuestos y argumentados por el Auto Supremo 174/2014 SPL.
POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, conforme señala el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el Recurso de Casación y dispone que por Secretaría de Sala, se comunique a los Presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que estos pongan en conocimiento de los Señores Vocales y Jueces de área Penal de sus Distritos.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.