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    Auto Supremo AS/0425/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0425/2014

    Fecha: 24-Sep-2014

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    • AUTO SUPREMO :
    • Fecha
    • Expediente
    • Distrito
    • Maldonado
    • Delito
    • Recurso
    • VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
    • CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene
    • Que, ante la indicada Sentencia, María Luz Flores Mollinedo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas,
    • Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Oscar Mauricio Olivares Gordillo,
    • CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Indica que la aplicación que se pretende es que la fundamentación de la Sentencia sea
    • Petitorio
    • Refiriendo que no siempre es necesario para la admisibilidad y procedencia del Recurso de Casación,
    • CONSIDERANDO III: (La Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • De la forma
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • CONSIDERANDO IV: (De la Admisibilidad)
    • De conformidad al Auto Supremo Nº 398 de 19 de septiembre de 2014, se acredita
    • CONSIDERANDO V: (Sobre los fundamentos de Casación y conclusiones)
    • Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto
    • Al respecto, y del análisis de obrados, se tiene que el Auto de Vista impugnado,
    • En consecuencia, conforme a los argumentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde sobre el
    • Por tanto, toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte
    • Asimismo constituye un deber ineludible de los Jueces y Tribunales desplegar los fundamentos de la
    • A colación, también corresponde dejar sentado el caracterismo del Vicio de Incongruencia, entendido como el
    • Entre los Tipos de Incongruencia, se tiene que dentro de la incongruencia se distingue por
    • El vicio de incongruencia como el desajuste entre el fallo judicial y los términos en
    • Consecuentemente, hallándose justificada petición, corresponde dar curso a la petición del recurso
    • POR TANTO
    • En aplicación del Art
    • Se hace constar el voto disidente de la Magistrada Dra. Silvana Rojas Panoso
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.

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