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    Auto Supremo AS/0022/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2015-RRC

    Fecha: 13-Ene-2015

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    • Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
    • a)Por Sentencia 07/2014 de 31 de marzo (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público, presentó recurso de apelación restringida (fs
    • El recurrente en el petitorio de su recurso solicitó se resuelva “CASANDO EL AUTO DE
    • Por Sentencia 07/2014 de 31 de marzo (fs
    • existir elementos sobre los cuales se podría realizar la pericia, por no haber sido estos
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • 1)Haciendo referencia a los arts
    • III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • análogos, siendo necesario precisar que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el
    • III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Orlando A
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, entre otros el Auto
    • III.3.De los precedentes invocados y el análisis del caso concreto
    • A tiempo de denunciar falta de fundamentación, el recurrente invocó el siguiente precedente contradictorio
    • Al respecto es necesario expresar que siendo el derecho a la motivación de las resoluciones
    • recurriendo a argumentaciones evasivas, confusas, arbitrarias o contradictorios omite pronunciarse sobre el fondo, lo que
    • Finalmente corresponde dejar sentado que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos
    • De lo expuesto se evidencia que el Auto de Vista impugnado fue dictado sin cumplir
    • Esta doctrina legal aplicable, tuvo como antecedente fáctico entre otros, la constatación de parte del
    • En el caso de autos, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
    • Nuestra legislación penal, refiriéndose a los defectos in procedendo, clasifica éstos en absolutos y relativos
    • En cuanto al argumento del recurrente de casación, en sentido de que el Tribunal de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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