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    Auto Supremo AS/0023/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0023/2015-RA

    Fecha: 13-Ene-2015

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    • a)En mérito a la acusación fiscal (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Juan Carlos Mercado Rosales y los imputados, interpusieron
    • De los memoriales que cursan de fs
    • Denuncia que se incorporó al juicio de manera ilegal la prueba signada como “MPp-17” y
    • Las recurrentes en el tercer motivo de su recurso –único admitido-, señalan que la Sala
    • Por otra parte, la prueba signada como “MP-P-7” y “MP-P-8”, consistentes en certificados médicos de
    • Denuncian también que el Ministerio Público y el acusador particular, manifestaron la existencia de una
    • Ambos recurrentes, solicitan se disponga la nulidad del proceso con reposición de obrados hasta el
    • Mediante Auto Supremo 537/2014-RA de 14 de octubre, este Tribunal declaró ADMISIBLES los recursos de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • II.2. Apelación restringida y su Resolución
    • El acusador particular Juan Carlos Mercado Rosales, así como los imputados Juan Carlos Betancur Mamani,
    • Radicado el proceso ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
    • III.1. De la incorporación de prueba al juicio oral
    • El Auto Supremo 014/2013 de 6 de febrero respecto a la introducción de la prueba
    • Aquella garantía procesal, delimita un contrapeso y escudo de protección para con el imputado, pues
    • De igual manera el art
    • Lo anteriormente dicho, señala de manera clara los instrumentos y limitantes que el sistema procesal
    • primer requisito, el ofrecimiento del medio probatorio, conforme los arts
    • A efectos de establecer si la introducción al juicio oral de las literales mencionadas, fue
    • Podrán utilizarse otros medios además de los previstos en este Libro
    • Un medio de prueba será admitido si se refiere, directa o indirectamente, al objeto de
    • La normativa glosada permite la libertad probatoria; es decir, el Juez o Tribunal de Sentencia
    • Tampoco tendrán eficacia probatoria los medios de prueba incorporados al proceso sin observar las formalidades
    • Respecto a la prueba cuestionada también de ilegal incorporación al juicio oral, relativa a la
    • un especialista en oftalmología y en observancia del art
    • III.2.De la incorporación de prueba extraordinaria al juicio oral
    • De manera general la prueba ofertada por los sujetos procesales, debe ser incorporada en el
    • En el caso de autos, de los antecedentes que cursan en el acta de registro
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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