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    Auto Supremo AS/0715/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0715/2015

    Fecha: 05-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesto el recurso de apelación por Fermín Lauraiza Fernández en representación legal de la Fábrica
    • Dicha Resolución, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • Que, el Auto de Vista violó el art
    • Concluyó solicitando que al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista N° 160/11
    • Que a mérito de estos antecedentes, se ingresa a resolver el recurso propuesto, bajo las
    • En ese sentido, la abundante Jurisprudencia nacional estableció también, que por el principio de protección
    • En mérito a lo anotado, se establece con absoluta claridad que en la especie, no
    • Por lo señalado, en el caso de autos, existe prueba suficiente (fs
    • Que, la afirmación de que el trabajador falta a la verdad, basado en el hecho
    • Cabe recordar, que la valoración del elenco probatorio es una atribución privativa de los Juzgadores
    • En ese sentido también, cuando se cuestiona lo resuelto en cuanto al tiempo de servicios
    • Si bien se afirma que por la literal de fs
    • Conforme lo señalado, en la especie se advierte que el Juez a quo y el
    • Por lo expuesto, siendo deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en
    • Por lo expuesto, al no haber incurrido el Tribunal de Alzada en ninguna de las
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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