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    Auto Supremo AS/0743/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0743/2015

    Fecha: 07-Oct-2015

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    • VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs
    • Interpuestos los recursos de apelación por Víctor Hugo Dalence Herrera y Juan Gorki Aróstegui García
    • Tal decisión motivó los recursos de casación en el fondo de fs
    • Señala que, el Auto de Vista estableció que la relación laboral quedó extinguida el 31
    • Alega que, en la demanda y ampliación, se afirmó el salario percibido de los tres
    • Refiere que, el Auto de Vista interpretó erróneamente el DS Nº 28699, por cuanto disponen
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
    • Acusó que, existe una errónea valoración de la prueba en cuanto a que se habría
    • Solicitó conceder el recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista
    • Que a mérito de los antecedentes nombrados, corresponde resolver ambos recursos de casación, bajo las
    • Al respecto, corresponde precisar inicialmente que, el Derecho Laboral se ha ido nutriendo de doctrina
    • Así también, la Constitución Política del Estado (CPE), conforme a esa óptica protectiva, regula pautas
    • Que, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador a tiempo
    • En cuanto a la valoración probatoria, ésta debe ser efectuada de manera conjunta por el
    • Que, un principio rector del derecho laboral, es el referido a la “primacía de la
    • Que, bajo es marco normativo, ya ingresando al caso concreto, se tiene que el reclamo
    • No obstante de ello, conforme se advierte en el Acta de Inspección Judicial a fs
    • Por lo señalado, hace correcta la determinación del Tribunal de apelación, al haber concluido que
    • Por lo tanto, resulta ser correcta la resolución de segunda instancia en cuanto se refiere
    • Por otro lado, en cuanto el salario promedio indemnizable, debemos señalar, que demostrada como se
    • Por lo que se advierte que el Tribunal de apelación, determinó acertadamente el salario promedio
    • Consecuentemente, al no encontrarse evidente lo denunciado por la parte actora en su recurso de
    • Se acusa fundamentalmente una errónea valoración de la prueba para concluir que se habría producido
    • A falta de estipulación escrita, se presume que el contrato es por tiempo indefinido, salvo
    • De tal manera que, en relación a la contratación a plazo fijo, si bien por
    • En efecto, conforme a los precedentes y teniendo en cuenta que vencido el termino estipulado
    • Por lo que la conclusión de los hechos a la que arribó el Tribunal de
    • Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm; Social y Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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