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    Auto Supremo AS/0793/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0793/2015

    Fecha: 09-Oct-2015

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    • CONSIDERANDO I
    • De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos, los siguientes
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    • El art
    • Se considera ingreso bruto el valor o monto total - en valores monetarios o en
    • El IT nace en el momento de la obtención y/o percepción de esos intereses así
    • - La Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo 66/95 interpretando y aplicando el art
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    • Según el Tribunal Constitucional, el derecho a la seguridad jurídica es la condición esencial para
    • Asimismo infiere el recurrente que la violación a los principios de legalidad y seguridad jurídica,
    • Con carácter previo, es pertinente establecer que, por mandato del art
    • Se debe precisar que, la revisión de oficio no debe ser entendida como una potestad
    • b) A solicitud de parte
    • En ese contexto, en el caso concreto, existe la solicitud de parte sobre la nulidad
    • Partiendo de dichos principios y conceptos, debe precisarse que no todo vicio procesal por sí
    • Por su parte, el art
    • En el caso presente, se advierte que la entidad recurrente llevó como agravio relativos a:
    • Sobre el caso, el Tribunal de apelación como fundamento se limita a transcribir parte del
    • Tal situación en consideración de la Sala, es con certeza contraria al deber de motivación
    • Por los argumentos expuestos, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts
    • Conforme al art
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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