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    Auto Supremo AS/0829/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0829/2015

    Fecha: 27-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado
    • CONSIDERANDO I
    • 48/2015 de 02 de junio, de fs
    • Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y la forma de fs
    • Que, el Auto de Vista es contradictorio con la Sentencia, porque señaló que ningún
    • Señaló también que el Auto de Vista recurrido no se refirió al agravio expresado en
    • Manifestó que no se hizo una correcta valoración del informe presentado en la inspección judicial,
    • Que, el Auto de Vista no se refirió al
    • Que la parte demandada en el término de los cinco días establecidos a partir
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido
    • Que, así formulado el recurso de casación en ambos efectos, se
    • Procedimiento Civil, lo que evidentemente no sucedió
    • No obstante lo anotado, debe considerarse que si bien el art
    • Se advierte que la problemática central se circunscribe en establecer si a la
    • A tal fin, corresponde observar el papel realizado por cada una de las
    • De lo anotado, es importante indicar que
    • para sustentar su propia afirmación, inobservando que además la normativa laboral le atribuye la
    • Debe puntualizarse que en dicho principio, la carga de la prueba le correspondía a la
    • prueba el organigrama de la gestión 2006 de
    • salarial de la demandante, por medio de un segundo memorándum, sólo responde a una
    • Que, tomando en cuenta que el nuevo escenario constitucional instaurado a partir de
    • A lo anotado debe sumarse el principio de "primacía de la realidad", previsto
    • Similar criterio se tiene en cuanto a las observaciones que se hacen a la
    • Que, tanto la Juez de la causa como el Tribunal de
    • Cooperativa demandada, y acertadamente ratifjcadas tales pruebas por el Tribunal Ad quem al
    • Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Se regula el honorario profesional de abogado
    • Regístrese, Nofíquese y devuélvase.

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