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    Auto Supremo AS/0795/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0795/2015-RRC-L

    Fecha: 06-Nov-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2011, cursante de fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, Zulma Ninoska Lara Peñaranda, interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.2. Petitorio
    • La recurrente solicita la admisión de su recurso y, resolviendo en el fondo se anule
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 608/2015-RA-L de 17 de septiembre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del
    • II.2. Del recurso de apelación restringida interpuesto por Zulma Ninoska Lara Peñaranda
    • i) Vulneración de los principios de continuidad e inmediación previstos en los
    • ii) Defectuosa Valoración de la prueba (art
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • i) Que el Tribunal Tercero de Sentencia, dictó Sentencia condenatoria en contra de
    • ii) Que los recursos interpuestos por el representante del SENASIR y por Zulma
    • iii) Con relación a la violación del art
    • v) Sobre la defectuosa valoración de la prueba violándose el art
    • vi) Sobre la vulneración de derechos y garantías constitucionales, la apelante omite señalar que
    • III
    • ”Esta Sala estima que el espíritu del Código de Procedimiento Penal y del sistema oral
    • Dicho principio persigue que el juicio se desarrolle en un lapso cerrado mediante un proceso
    • Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
    • Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
    • El referido AS 773/2014-RRC, concluye que: “…es obligación de los jueces y tribunales, ante la
    • “Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y, en el marco
    • Resulta conveniente precisar que, como regla general está la continuidad del juicio conforme prevé el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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