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    Auto Supremo AS/0816/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0816/2015-RRC-L

    Fecha: 06-Nov-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de septiembre de 2011, cursante de fs
    • a) En mérito a la acusación pública (fs
    • a) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Linder Irahola Vedia, interpuso recurso de apelación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 658/2015-RA-L de 21
    • Mediante Auto Supremo 658/2015-RA-L de 21 de septiembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • El imputado interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia (fs
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El recurrente invocó como precedente el Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007,
    • III
    • Conforme los antecedentes anotados en el acápite II
    • Por otra parte, con referencia al certificado médico que fue el elemento probatorio base que
    • Del contenido del Auto de Vista impugnado se tiene que el mismo resolvió todos los
    • Por lo expresado, este Tribunal concluye que el razonamiento expuesto por el Tribunal de alzada
    • “El principio de legalidad o especificidad, señala, no hay nulidad sin texto (pas de
    • El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
    • Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
    • Respecto a los defectos absolutos, este Tribunal de justicia, en el Auto Supremo 021/2012-RRC
    • Consecuentemente, se declara infundado el motivo examinado al no existir relevancia constitucional para el efecto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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