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    Auto Supremo AS/1028/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1028/2015

    Fecha: 16-Nov-2015

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    • Partes: María Luisa Rodríguez Paredes. c/ Regina Paredes Vda. de Rodríguez
    • Proceso: Fraude Procesal
    • Distrito: Chuquisaca
    • CONSIDERANDO I:
    • Citada la demandada Regina Paredes Vda
    • Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 026/2011 de fecha 25
    • Contra la Sentencia interpuso recurso de apelación María Luisa Rodríguez Paredes cursante de fs
    • La recurrente interpuso recurso de casación en la forma expresando los siguientes agravios
    • Expresa que existe contradicción e incongruencia en la resolución el Tribunal Ad quem expresa que
    • Señala que la función principal del Tribunal es la de revisar los procesos de oficio
    • Concluye su recurso pidiendo a este Tribunal se declare fundado su recurso y por consiguiente
    • CONSIDERANDO III:
    • La nueva concepción constitucional del proceso jurisdiccional y concretamente de las nulidades procesales, han superado
    • Lo importante hoy, es constatar si el vicio existente ha transgredido efectivamente las garantías
    • En ese entendido, resulta trascendental que la autoridad jurisdiccional tome en cuenta los nuevos
    • Por lo razonado supra, el fundamento esgrimido por los de Alzada no es suficiente para
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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