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    Auto Supremo AS/0721/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0721/2015-RA

    Fecha: 02-Dic-2015

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    • Por memoriales presentados el 27 de octubre de 2015, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificados los recurrentes Gonzalo Varnoux Serrano, en su calidad de Fiscal de
    • De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 67/2013-RCC de
    • 2) Respecto del segundo motivo de apelación restringida, señaló que los Vocales lo
    • 3) Señala que se presentó todas las pruebas que acreditan que nunca fue servidor
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Conforme a lo normado en el art
    • Respecto del segundo motivo, en el que señala la existencia de vulneración de los principios
    • Con relación a las Sentencias Constitucionales 1020/2013 de 27 de junio, 1214/2014 de 16 de
    • Al respecto, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 373/2006 de 6 de septiembre y
    • Con relación al segundo motivo, el recurrente señaló que en el segundo motivo de su
    • Con relación al tercer motivo, señala que se presentó todas las pruebas que acreditan que
    • Al respecto, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 334/2011 de 10 de junio y
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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