Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0022/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2015-L

    Fecha: 24-Feb-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Auto Supremo Nº 22/2015-L
    • Expediente: LP.291/2010
    • Distrito: La Paz
    • En grado de apelación formulada por ambos sujetos procesales (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • En ese orden de cosas, denuncio que los de instancia, conculcaron lo previsto en el
    • De otro lado denuncio error de hecho y de derecho en la apreciación de las
    • Concluyó solicitando que este tribunal case el auto de vista, revoque el mismo y por
    • En cuanto al recurso de casación de fs
    • Concluyó solicitando que este tribunal case la sentencia y el auto de vista recurrido y
    • CONSIDERANDO II: Que, así interpuestos los recursos, de la revisión de los antecedentes procesales, se
    • No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento,
    • En este contexto, analizados los antecedentes que cursan en obrados, se advierte que la empresa
    • Por lo expuesto precedentemente, se llega a la conclusión que corresponde la devolución del monto
    • En este sentido, no siendo evidente las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse
    • En el caso que se analiza, la controversia traída a colación está centrada en determinar
    • Sobre el tema, haciendo el examen que constan en el expediente, se puede advertir que
    • Por lo expuesto precedentemente y en virtud a que estos extremos no han sido desvirtuados
    • En consecuencia, al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde fallar
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca