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    Auto Supremo AS/0103/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0103/2015

    Fecha: 11-Feb-2015

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    • Proceso: Nulidad de Contratos
    • Distrito: Santa Cruz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Del mismo modo manifiesta, que aprovechando su total ignorancia y analfabetismo Elizabeth Llampa Cayoja le
    • Considerando; que para la formación de un contrato es necesario el consentimiento de las partes,
    • Observada y subsanada que fue la demanda y admitida por la juez de la causa,
    • Citados legalmente los demandados, se apersona Elizabeth Llampa Cayoja, negando la demanda y oponiendo excepción
    • Asimismo se apersonó Lorenza Rosa Rueda Gutiérrez, negando igualmente la demanda y oponiendo excepciones
    • HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En cada caso, los hechos denunciados deben circunscribirse a las casuales de procedencia establecidas en
    • En su primer agravio, señala que la Sentencia de primera instancia habría recaído sobre cosas
    • Analizados los antecedentes del proceso se tiene que la juez de la causa en una
    • De lo manifestado precedentemente se tiene que la recurrente no habría sufrido agravios con la
    • En su segundo agravio, señala que no se habría valorado la prueba pre constituida que
    • Al respecto se tiene que analizada que fue la prueba documental pre constituida presentada por
    • En antecedentes se tiene que la hija de la hoy recurrente Julia Uño Colque fue
    • Por los motivos expuestos precedentemente, este Tribunal de Casación no encuentra sustento legal en el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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