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    Auto Supremo AS/0116/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0116/2015-RA

    Fecha: 20-Feb-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 20 y 29 de octubre de 2014, que cursan de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la referida Sentencia, los imputados Diego Albert Villarroel Alvarado (fs
    • c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 13 y 22 de
    • De los memoriales de fs
    • Agrega, que su persona de manera consiente reconoció que tuvo participación en el hecho; empero,
    • II.2 Recurso de casación de José Ignacio Luján Rojas e Ivis Milivoy Luján Rojas
    • 1
    • 2
    • Finalmente en el otrosí primero de su recurso invocan los Autos Supremos 17 de 26
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • IV.1 Del recurso de casación de Diego Albert Villarroel Alvarado
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el art
    • En consecuencia, al no ser posible verificar la probable aplicación distinta de doctrina legal contenida
    • IV.2 Recurso de casación de José Ignacio Luján Rojas e Ivis Milivoy Luján Rojas
    • Respecto al primer y segundo motivo, en los que denuncian que los Tribunales de Sentencia
    • Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian la concurrencia de defectos absolutos, violación a
    • Respecto a la tercera denuncia, referido a que el Tribunal de Sentencia al disponer la
    • En consecuencia, por los fundamentos expuestos, se establece que los recursos de casación deducidos no
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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