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    Auto Supremo AS/0123/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0123/2015-RRC

    Fecha: 24-Feb-2015

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    • Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2014, cursante de fs
    • El recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
    • Mediante Auto Supremo 657/2014-RA de 19 de noviembre que cursa de fs
    • II.1. De la acusación
    • II.2. De la Sentencia
    • El Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, radicó la
    • El imputado opuso recurso de apelación restringida (fs
    • II.4. Del Auto de Vista
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el
    • iii) En relación a los elementos incorporados ilegalmente al juicio, señaló el Auto de Vista
    • Habiendo sido admitido el recurso de casación, vía flexibilización corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro
    • III.1. Marco legal y doctrinal
    • III.1.1. Obligación de los Tribunales de impugnación de circunscribir sus pronunciamientos a las cuestiones planteadas
    • Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
    • Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
    • III.1.2. Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Denuncia el recurrente que, el Tribunal de alzada habría incurrido en el defecto previsto por
    • Analizados los antecedentes de la causa, específicamente el contenido del recurso de apelación restringida formulado
    • Ahora bien, revisado el Auto de Vista impugnado, se constata que el Tribunal de alzada
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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