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    Auto Supremo AS/0157/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0157/2015

    Fecha: 06-Mar-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Reivindicación
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra esta Resolución, la parte demandada, es decir, Victor Hugo Corazón Andrade y Dency Justiniano
    • En la forma
    • b)Otra violación consistiría en que el juez de primera instancia nunca hubo llamado a las
    • En el fondo
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Que, siendo dicho tópico ligado a una solicitud de nulidad de obrados, corresponde reiterar
    • Teniendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados,
    • b)Otra violación o agravio expuesto consistiría en que el juez de primera instancia no convoco
    • Sobre el particular es menester realizar las siguientes puntualizaciones, del análisis de dicho agravio se
    • Asimismo, la disposición transitoria segunda de la Ley 439 de 2013 taxativamente refiere: “Segundo
    • 2.El régimen de comunicación procesal previsto en los Artículos 73 al 88 del presente Código
    • 3
    • 4
    • 5
    • 6.La recusación y excusa prevista en los Artículos 347 al 356 del presente Código.”
    • De todo lo anotado a prima facie se puede evidenciar que el art
    • Por otro lado conforme refieren que debió haberse convocado a una audiencia de conciliación, en
    • Previamente conforme se desprende de antecedentes el tema del recurso de casación en el fondo
    • Por lo expuesto, este Tribunal de Casación emite Resolución en la manera determinada en el
    • Se regula el honorario profesional en Bs.1000
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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