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    Auto Supremo AS/0188/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0188/2015-RRC

    Fecha: 19-Mar-2015

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    • Por memorial de 17 de noviembre de 2014, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) En mérito a la acusación pública (fs
    • b) Contra el mencionado fallo, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso
    • Del memorial de recurso de casación de fs
    • Agrega que, en el mismo Considerando, el Tribunal de apelación señaló que la Sentencia cumple
    • El imputado solicita la admisión del recurso y que existiendo contradicción del Auto de Auto
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.2. De la apelación restringida del imputado
    • El imputado interpuso recurso de apelación restringida, constituyendo los argumentos pertinentes en relación a los
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Tarija, éste resolvió
    • Con esos y otros fundamentos, el Tribunal de alzada declaró improcedente el recurso de apelación
    • Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar la posible
    • III
    • Respecto al Auto Supremo 368 de 5 de diciembre de 2012 invocado, en el mismo
    • Es línea de este Tribunal la importancia de que los Tribunales de Justicia del Estado
    • Este entendimiento fue reiterado, entre otros, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre,
    • Ahora bien, para la resolución del caso concreto, corresponde hacer la confrontación de los argumentos
    • Luego de una transcripción de los argumentos del Tribunal de Sentencia sobre la pericia en
    • De este resumen de los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada, se hace patente
    • A manera de aclaración, debe tenerse presente que no se trataba de una suspensión de
    • En lo que hace a los recesos de la audiencia del juicio oral como causa
    • Como se observa, el Tribunal de alzada, al declarar la improcedencia de la denuncia, lo
    • Respecto al contenido de los precedentes invocados, en el Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de
    • Por último, en el Auto Supremo 650/2013 de 20 de noviembre, respecto a la nulidad
    • Identificados así los precedentes que el recurrente considera contradichos por el Auto de Vista dictado
    • En el presente caso, cotejando los argumentos esgrimidos por el Tribunal de alzada respecto al
    • De la transcripción precedente se advierte que lo afirmado por el imputado carece de todo
    • En consecuencia, como resumen general de ambos motivos, estamos en condiciones de afirmar que el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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