Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0197/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0197/2015-RA

    Fecha: 24-Mar-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte de la imputada María
    • c) Notificada la recurrente con la Resolución de alzada el 12 de enero de 2015
    • Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 1) Con el preámbulo sobre la existencia de doctrina legal respecto a la admisión de
    • En consecuencia, el fallo dictado por la Sala Penal Primera fue sin la observancia de
    • Al respecto, aduce que invocó como precedente contradictorio, a tiempo de interponer la apelación restringida,
    • 3) Ante la denuncia efectuada en apelación restringida, en sentido que en la Sentencia no
    • 4) La Sala Penal Primera, a tiempo de emitir el Auto de Vista recurrido, no
    • Agrega que con dicha omisión, la Sala Penal Primera no consideró la naturaleza procesal esencial
    • El art
    • En este contexto, el art
    • a) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • b) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • c) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Conforme dispone el art
    • Ahora bien, con relación a los demás requisitos establecidos para la admisión del recurso de
    • Conforme se advierte, la desordenada e imprecisa formulación del motivo de casación descrito, no permite
    • En cuanto al segundo motivo, relativo a que el Tribunal de alzada no se pronunció
    • En ese contexto, se advierte que; además, de detallar los antecedentes de hecho, precisando que
    • Con relación al tercer agravio, referido a la “escueta, anémica y moribunda” fundamentación del Auto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca