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    Auto Supremo AS/0212/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0212/2015

    Fecha: 27-Abr-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Auto Supremo: 212/2015
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación y resuelta mediante Auto de Vista
    • Las recurrentes refieren lo siguiente
    • 3
    • Señala que la acción más temible es la usucapión, proceso del cual –en su caso-
    • Para el entendimiento de la presente resolución se debe tomar en cuenta los puntos siguientes
    • Se debe recordar que este Tribunal en numerosos Autos Supremos ha establecido que la usucapión
    • Para el entendimiento de la improponibilidad objetiva y subjetiva se cita el Auto Supremo N°
    • Para el entendimiento de este fallo es necesario recurrir a la doctrina, al efecto corresponde
    • La jurisprudencia venezolana en distintos fallos alude al aporte doctrinario de Rafael Ortiz-Ortiz, cuya obra
    • Por otra parte, diremos que en la legislación peruana, también se ha avanzado con la
    • Conforme a la amplia gama de los aportes doctrinarios y la evolución de la jurisprudencia,
    • Así concluiremos diciendo que la improponibilidad puede ser objetiva: cuando el juicio se centra en
    • Consiguientemente conforme al art
    • Consiguientemente, los de instancia al haber declarado la improponibilidad objetiva de la pretensión y al
    • Por lo expuesto corresponde emitir fallo en base al art
    • POR TANTO
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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