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    Auto Supremo AS/0226/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0226/2015-RA

    Fecha: 01-Abr-2015

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    • Por memorial presentado el 20 de febrero de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público y el acusador particular, formularon recursos de
    • Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo
    • No se invoca precedente contradictorio alguno, bajo el argumento que la impugnante no hizo uso
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
    • En cuanto al único motivo denunciado por la recurrente, referido a que las apelaciones restringidas
    • Previo a ingresar al análisis del caso concreto, corresponde señalar que la labor de este
    • En virtud a ello, corresponde a quien recurre en casación, motivar en términos claros y
    • En ese entendido, de la revisión del motivo denunciado por la recurrente se puede establecer
    • En consecuencia, puesto que no es posible legalmente, retozar etapas y menos utilizar un instituto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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