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    Auto Supremo AS/0215/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0215/2015-RRC-L

    Fecha: 11-May-2015

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    • Por memorial presentados el 02 de octubre de 2009, cursante de fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante Norberto Blanco Chura interpuso recurso de apelación restringida
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 041/2015-RA-L de 04 de febrero
    • Alegan, que el Tribunal de alzada, amparándose en el art
    • Los recurrentes solicitaron la admisión del recurso y se determine dejar sin efecto el fallo
    • Mediante Auto Supremo 041/2015-RA-L de 04 de febrero, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del acusado
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia y asegurar la vigencia
    • El legislador (art
    • Así, el plazo de la suspensión no podrá ser mayor a los diez días calendario,
    • En este sentido, se constata que el legislador ha establecido que la suspensión del juicio
    • Conviene establecer que el juicio oral, destinado a la comprobación del delito y la
    • Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
    • Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
    • Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
    • “Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
    • Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: “…es obligación de los jueces y
    • Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • El Auto Supremo 110 de 31 de marzo de 2005, invocado por los recurrentes, fue
    • Dentro de ese ámbito, ingresando al análisis del caso de autos, se evidencia que una
    • El Auto de Vista impugnado vía casación, anula la Sentencia simplemente por la inobservancia de
    • Consiguientemente, se evidencia que el Auto de Vista 91/2009, sustentó su decisión de anular la
    • En este sentido, no resulta razonable mantener una reposición del juicio solo porque no se
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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