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    Auto Supremo AS/0321/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0321/2015-RRC

    Fecha: 20-May-2015

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    • Con base a tales argumentos, pide que por el principio pro actione, se interpreten las
    • Aspectos que al no ser debidamente respondidos, demuestran una falta de fundamentación vulnerando el debido
    • Por otro lado, cuestiona las definiciones del Tribunal de apelación en la contradictoria e
    • En base a los argumentos que expone, solicita se anule el Auto de Vista recurrido
    • Mediante Auto Supremo 077/2015-RA de 3 de febrero, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Luego de transcurrido el juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal
    • Previa referencia a los arts
    • Ante la denuncia anónima por vía telefónica, se procedió a realizar el trabajo de verificación,
    • II.2. De la apelación restringida
    • El imputado Eloy Paulino Rocha Calvimontes, interpuso recurso de apelación restringida estableciendo los siguientes motivos
    • Que si bien la competencia no fue cuestionada por las partes, este silencio incluso aceptación,
    • 2
    • La Sentencia al indicar que el contrato administrativo fue por la modalidad de Orden de
    • Que, el art
    • Continuó señalando que la Sentencia, está basada en hechos inexistentes no acreditados en el proceso
    • 4
    • Finalmente, es incongruente porque no existe pronunciamiento con relación a los hechos y delitos acusados
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Previamente es necesario explicar, que en principio la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de
    • Señaló que de la revisión de antecedentes, el imputado en ningún momento estuvo sometido a
    • En respuesta al segundo motivo, expresó que es conveniente describir el postulado básico expresado en
    • En cuanto al tercer motivo, señaló que dada la naturaleza especial del recurso de apelación
    • Por otro lado, en cuanto a la versión de que la Sentencia se basó en
    • Relativo al cuarto motivo, expresó que la congruencia se debe observar desde la etapa preparatoria
    • III.1. En cuanto al primer motivo
    • El recurrente sostiene en su recurso, que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta
    • Con relación al delito de Estafa, refiere que el documento base de la presunta Estafa,
    • Con relación a estos planteamientos, se evidencia del contenido del Auto de Vista impugnado, que
    • En efecto, el recurrente en la etapa recursiva, a partir del recurso de apelación restringida
    • Al respecto, y de acuerdo a la posición doctrinal sobre el tema, por definición, la
    • Cuando un juez o tribunal actúa sin competencia, sus actos son nulos, concurriendo el vicio
    • Dicho instituto se encuentra reglado en los arts
    • La inobservancia de las reglas de la competencia por razón de materia producirá la nulidad
    • Sin embargo, el conducto inmediato y primigenio para salvaguardar el respeto del instituto procesal, tiene
    • Se aplicarán las disposiciones procesales civiles relativas a la inhibitoria y declinatoria”
    • Esto significa que las partes, tienen este mecanismo inmediato de defensa, para hacer valer sus
    • Ahora bien, descrito como se encuentra que la incompetencia y sus efectos se encuentran comprendidos
    • Con base a los entendimientos asumidos, se establece no ser evidente la denuncia formulada en
    • El recurrente, alegó que el Auto de Vista impugnado no respondió a los cuestionamientos expuestos
    • De la revisión del Auto de Vista impugnado, se tiene que los aspectos anteriormente detallados,
    • Al respecto, por mandato de lo dispuesto por el art
    • El recurrente igualmente, denuncia no haber recibido respuesta a los cuestionamientos del recurso de apelación
    • Ahora bien, este planteamiento complejo que aglutina en este motivo, diversos aspectos de los que
    • En cuanto a la Sentencia basada en hechos acaecidos el 2009, por cuanto la acusación
    • III.4. Al cuarto motivo
    • Por último, el recurrente sostiene que el Auto de Vista impugnado, no dio respuesta al
    • Al respecto, nuevamente la posición reiterada con algunos aditamentos del recurrente, procura la nulidad de
    • En definitiva, se concluye que los argumentos esbozados en los motivos, en principio de recurso
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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